Watson...¿Estás ahí?
1998:
el arquitecto, Joseba Bikendi Martínez Goiri, compra el piso 2º.
Se
hace una reunión y los tres propietarios decidimos registrar la comunidad de
vecinos. Hasta entonces, quién llevaba las cuentas era el Sr. Don, Francisco
Martín García. Se decide que sea, yo, la que compre el libro de actas y lo
registre. Así, lo hice.
Según
el registrador de Bilbao, los requisitos
para formalizar el trámite eran la liquidación de cuentas y que todos los
propietarios firmaran el libro de actas. En su defecto, la persona que
representaba a los familiares ausentes presentara un poder y se adjuntara en la firma del libro de actas. Se lo comenté
a los otros propietarios y dejé el libro de actas en casa del, Sr. Don, Francisco Martín García para que sus
cuñados firmaran el libro y luego lo
pasara al propietario del, 2º, piso el Sr. Don, Joseba Bikendi Goiri.
En
ese momento, se habían saneado casi todas las cuentas de la comunidad. Faltaba
pagar unos meses de la renta del tercio
del garaje que habían alquilado sin mi consentimiento y la cifra de la factura de Labein que adelanté a la comunidad para la realización de un estudio de los
daños que las obras del Hotel habían ocasionado al edificio.
Se
quedaron con el libro de actas y no hicieron liquidación de cuentas ni me lo
dejaron firmar, hecho que vengo denunciando y requiriendo desde 1998 junto con
otros abusos de poder.
Dicen
en documento público que he sustraído el libro de actas de la comunidad.
a) Quién dio de alta el libro de actas de la Comunidad de Propietarios
fui, yo, a petición de los otros dos propietarios.
b) No se llevó a cabo la regularización del mismo. No se
hizo la liquidación de cuentas de la comunidad y no se firmó. El libro estaba
vacío de contenido.
c) ¿Para qué voy a sustraer un libro de actas vacío?
d) Quién más perjudicada salió con ese invento fue mi
bolsillo: hoy es el día que no han pagado nada de lo que costó el trámite.
e) Al no hacer liquidación de cuentas, aún, me deben,
entre otros, la parte correspondiente del estudio realizado por Labein.
Las
presuntas causas son:
Respeto
al vecino del, 3º y propietario consorte:
1- Al hacer la liquidación de cuentas se tendría que
reflejar la cantidad que debía el Sr. Don, Francisco Martín García, en concepto
del alquiler del garaje. Saldría a relucir que el Sr. Don, Francisco Martín
García, había alquilado mi tercio de garaje, sin permiso, e involucrado a los
cuñados que no estaban presentes, en un juicio sin que, ellos, tuvieran
conocimiento de los hechos.
2- El Sr. Don, Francisco Martín García, decía tener un poder
absoluto para decidir por sus cuñados
que, en realidad, no existía.
3- El Sr. Don, Francisco Martín García tiene estrecha
relación con el presidente SURPOSA, organismo privado, que con dinero público
realiza las rehabilitaciones de Portugalete.
Respeto
al vecino del, 2º, Sr. Don, Joseba Bikendi Martínez Goiri, arquitecto. Trabajaba
para el ayuntamiento de Portugalete y para la empresa De Urbe, cuyo dueño era
miembro del departamento de urbanismo del ayuntamiento de Portugalete.
1- Quería de todas formas y maneras rehabilitar la
vivienda.
2- Acomete obras mayores. Vacía el piso. Manipula las
vigas maestras y tira los escombros por la ventana balcón, desde el 2º, piso.
3- No protege el edificio ni pone las medidas que por
seguridad eran necesarias.
4- No protege ni el portal ni las escaleras del edificio.
5- En el recoger los escombros más pesados por la ventana con pala mecánica; arrastra la
bajante de aguas fluviales del edificio.
6- Extrae la bajante de aguas fecales de su vivienda y
remata el destrozo que había ocasionado en la pared maestra que da al cantón
con la pala mecánica.
7- No repara los daños causados por más que mis seguros le
comunicaban los siniestros.
8- Como presidente de la comunidad. No contestaba a mis escritos,
telegramas, burofaxes…etc.
9- No realizó ni una sola denuncia de las anomalías
urbanísticas de las obras del Hotel.
En
las reuniones el único propietario y un representante, que no muestra el poder
de representación de sus cuñados, hacían y deshacían. No presentaban
presupuestos ni facturas. Contrataron a un abogado, el Sr. Frutos que
comparecía a las reuniones, estaban empeñados en que, yo, firmara las actas sin
pagarme el dinero que me debían y sin presentar los documentos que les había
solicitado por todos los medios: presupuestos, facturas, arreglo de los
desperfectos ocasionados por las obras del, 2º, piso, llaves del garaje y
acceso al tercio del camarote común. Peticiones que al día de hoy están sin
cumplir.
Estas
dos únicas personas, uno propietario, y, el otro en representación de su mujer
y cuñados han dado todo tipo de facilidad a las personas responsables de las
obras del hotel y al ayuntamiento de Portugalete. Tomando las decisiones de
derecho sin comunicármelo ni consultarlo en deterioro de mis intereses y de los
intereses del edificio.
Y... ¿el ayuntamiento de Portugalete?
Callando y otorgando... querido Watson...
“El artículo 451 del Código Penal castiga al que "con conocimiento
de la comisión de un delito y sin haber intervenido en el mismo como autor o
cómplice, interviniere con posterioridad a su ejecución ocultando, alterando o
inutilizando el cuerpo, los efectos o los instrumentos de un delito para
impedir su descubrimiento".
María
Evangelina Cobo Zaballa
Castro-Urdiales (Cantabria)